
La confirmación es un sacramento considerado de iniciación cristiana en conjunto con el bautismo y la eucaristía. Con este sacramento las personas bautizadas se integran de forma plena como miembros de la comunidad.
La confirmación se efectúa mediante la imposición de manos sobre los confirmandos, y la unción con óleos sagrados realizada por un obispo o, en su caso, un sacerdote autorizado por el derecho universal o por concesión peculiar de la autoridad competente.
Luego de recibir la catequesis previa, a través de este sacramento de le pide al confirmando que acepte de forma libre y consciente las promesas realizadas por sus padres en el bautismo y durante su primera infancia.
Su finalidad radica en el fortalecimiento personal con los dones del Espiritu Santo, completándose así la obra del bautismo. Los siete dones del Espíritu Santo, que se logran gracias a la confirmación, son: sabiduría, entendimiento, consejo, fortaleza, ciencia, piedad y temor de Dios.
A través de este sacramento es confirmada la admisión del confirmando en el seno de la Iglesia por el obispo. Es importante destacar que la pertenencia a la Iglesia se firma en el momento del bautismo y solamente cesa por la excomunión. Sin embargo, a través de la confirmación demostramos la madurez espiritual y la asunción propia de los compromisos asumidos al empezar a ser cristiano.
Es conveniente que un padrino o una madrina acompañe a quién será confirmado. Se trata de una antigua costumbre de la Iglesia, al igual que en el caso del bautismo.
Las condiciones que debe reunir el padrino o madrina son:
- Que sea un creyente católico, maduro en la fe para que le ayude a vivir la misma en profundidad. Para esto, resulta razonable que se trate de un miembro activo del cuerpo de la Iglesia, que haya recibido los tres sacramentos de la iniciación cristiana (Bautismo, Confirmación y Eucaristía) y que no esté impedido por el derecho canónico para ejercer tal función.
- Que sea mayor de 16 años y en uso de razón y, salvo que el ministro juzgue lo contrario, que sea del mismo sexo que el confirmando para la licitud.
- Que tenga intención de desempeñar el cargo.
- Que no sea padre, madre o cónyuge del confirmando.
- Que haya sido designado por el confirmando, o en su defecto por sus padres o tutores, o por el ministro o párroco.
- Que en el acto de la confirmación, se ubique detrás del confirmando y coloque su mano derecha sobre el hombro del confirmando, significando que será su apoyo en la fe.
Los efectos de la confirmación son:
- Introducción más profunda en la filiación divina
- Unión más firme con Cristo
- Aumento que los dones del Espíritu Santo nos da.
- Perfección mayor de nuestro vínculo con la Iglesia.
La Confirmación imprime en el alma una marca espiritual indeleble, el “carácter”, que es el signo que Jesucristo ha marcado al cristiano con el sello de su Espíritu revistiéndolo de la fuerza de lo alto para que sea su testigo.
Requisitos:
- Formalizar la Inscripción en el Despacho Parroquial en el horario de lunes a viernes de 3:30 a 6:00 pm.
- Fotocopia legible de la Partida de Nacimiento del candidato al sacramento.
- Fotocopia legible del Certificado de Bautismo del candidato al sacramento.
- Fotocopia legible de la Cédula de Identidad del padrino o madrina.
- La catequesis comienza en el mes de octubre y la Confirmación se realiza entre los meses de mayo y junio.
- Los candidatos deben asistir a clases regularmente.